El SAT tendrá ojos hasta en los GPS del comercio exterior

En su afán por mantener en estricta vigilancia a las empresas con actividades de comercio exterior en México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) halló una nueva forma, aún más escrupulosa, para llevar a cabo su ejercicio fiscalizador.

A finales de abril pasado, el fisco emitió modificaciones y adiciones a la Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016, en la que adiciona la regla 3.7.34 para la Exportación temporal de dispositivos electrónicos o de radio frecuencia, donde aclara que estos no requerirán de un pedimento para su exportación temporal ni para su retorno.

Además, en esa misma regla el SAT planteó que exigirá tener acceso a toda la información que esos dispositivos emitan.

Estos dispositivos electrónicos o de radio frecuencia, distintos a los usados en los medios de transporte, los utilizan comúnmente los importadores o exportadores para conocer la geolocalización, a través de sistemas de posicionamiento global vía satelital (GPS, por sus siglas en inglés) de las mercancías objeto de operaciones de comercio exterior.

Incluso los sensores de estos dispositivos emiten otro tipo de información como presión atmosférica, humedad, condiciones de luz y temperatura.

Pero eso no es todo lo que quiere conocer el SAT. Esta autoridad exigió en esta misma regla que los contribuyentes que utilicen estos dispositivos mantendrán disponible en tiempo real para la autoridad aduanera, los datos sobre de la geolocalización, remitente, destinatario, método de entrega y posible manipulación de las mercancías durante su traslado, a través de la interface de enlace al sistema electrónico aduanero.

Esto último será obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2016, sin embargo, estos cambios tendrán validez cuando el SAT los publique en el Diario Oficial de la Federación y sólo estarán relacionados con las exportaciones hacia Estados Unidos (país destino de poco más del 80% de los envíos de México al exterior).

Para utilizar dichos dispositivos “los importadores, exportadores, agentes o apoderados aduanales, deberán declarar en el bloque de identificadores del pedimento correspondiente a la operación aduanera de la mercancía de que se trate, la clave que corresponda de conformidad con el Apéndice 8 del Anexo 22, así como los números de identificación de los dispositivos utilizados (…)”, se lee en el documento.

Fuente: http://t21.com.mx/logistica/2016/05/03/sat-tendra-ojos-hasta-gps-comercio-exterior