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Nueva NOM para el atún

La Secretaría de Economía emite nueva norma oficial para el atún, donde establece que la mitad del producto enlatado debe ser atún.

La raíz de esta modificación se remonta a marzo de 2019 donde el laboratorio de Análisis de la Profeco presentó un estudio donde se encontró más soya que atún en 18 de 57 latas de producto que se verificaron, otro dato sobresaliente fue que los casos eran más altos en las marcas propias de cadenas de autoservicio.

Hay que mencionar que hubo casos donde se presentó un 62% de soya, también donde solo era del 30% al 40% y otros donde los resultados fueron más relevantes ya que solo se encontró un 6% y 7% de soya en la masa drenada de una lata.

Con el propósito de mantener una comercialización justa para los consumidores se publicó en el diario oficial de la federación la NOM-235-SE-2020 atún y bonita preenvasados-denominación-especificaciones-información comercial y métodos de prueba que entrara en vigor el 1 de abril del próximo año, y con ello se remplaza la norma actual NOM-084-SCFI-1994. En esta norma establece que el 50% de la masa drenada pueda ser soya, verdura, leguminosas y aderezos, entre otros, mientras que la otra mitad debe ser atún.

También se especifica que el pescado puede ser aleta amarilla, aleta azul, aleta negra, ojo grande, albacora, bonita, melva, barrilete negro o tongol.

La masa drenada debe representar el 65% del contenido neto de la lata, excepto para envases flexibles, dando como resultado que el otro 35% restante pueda ser aceite vegetal, de oliva, aceite con agua o, también, agua con condimentos.

La industria atunera tiene un plazo de un poco más de seis meses para ajustar sus productos a esta normatividad. De acuerdo con la Secretaria de Economía, se permitirá que se comercialicen las presentaciones actuales de atún hasta antes del 1 de abril del próximo año.

https://www.eluniversal.com.mx/cartera/nueva-norma-limita-soya-en-el-atun

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