Sabías qué… las guitarras

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LAS GUITARRAS
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LAS GUITARRAS

¿Sabías que las guitarras, esas compañeras inseparables de músicos y amantes de la música, tienen una clasificación arancelaria específica? Según la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) de México, las guitarras se clasifican en el Capítulo 92 en la Partida 9202, como instrumento de cuerdas.


Y aquí viene el dato llamativo: Aunque la mayoría de las personas asocian las guitarras con la música, en términos arancelarios, ¡se consideran instrumentos musicales y no simplemente «artículos de entretenimiento»!
¿Necesitas ayuda para clasificar tus productos correctamente en la LIGIE? ¡No te preocupes!


En Asesoría Arancelaria contamos con el servicio especializado para clasificar este y todos los productos de la Tarifa de la LIGIE. ¡Haz que tus importaciones y exportaciones suenen perfecto!

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