REGULACIÓN Y SANCIÓN DEL USO DEL CANNABIS, CBD Y THC EN MÉXICO.

El artículo 234 describe que el cannabis se clasifica dentro de los estupefacientes. Esto es importante porque en el acuerdo que modifica el diverso, menciona las sustancias prohibidas y restringidas en la elaboración de productos de perfumería y belleza. Por lo tanto, el CBD no puede ser utilizado para elaborar este tipo de productos.

Senado aprueba nueva Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación

Entre los cambios más significativos, se encuentra el ajuste al texto de la fracción 8543.40.01 donde se establece la prohibición de importación y exportación de los cigarros electrónicos.

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

Los laboratorios que manejen agentes patógenos estarán sujetos a control por parte de las autoridades sanitarias competentes, de conformidad con las normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Salud
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Proyecto de LIGIE para el 2022

Se propone instrumentar la Séptima Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, aprobada por el Comité del SA que corresponde al Sistema A
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PUBLICACIÓN DE LIGIE UNIFICADA DICIEMBRE 2021

Versión unificada, Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), Diciembre 2021

Sesiones técnicas NOM-051

Sesiones técnicas NOM-051 sobre la NOM-051.

ALERTA SOBRE COMERCIALIZACIÓN ILEGAL DEL PRODUCTO “ARTRI AJO KING”

Alerta sobre la comercialización ilegal del producto “Artri Ajo King reforzado con Ortiga Omega 3”, el cual no cuenta con la autorización correspondiente a un medicamento ni presenta la denominación de suplemento alimenticio.
Versión unificada LIGIE 2021

Publicación de LIGIE unificada.

Versión unificada (Documento referencial) Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación.
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Se adicionan substancias al listado de la clasificación que se refiere a la fracción I

Se adicionan al listado de substancias controladas a que se refiere la fracción I. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.